Congreso de Colima armoniza la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública a la Legislación Federal
Con 15 votos a favor, 4 abstenciones y 0 votos en contra de las y los diputados presentes, el pleno del Congreso del Estado de Colima, aprobó la iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto relativa a reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Colima, para armonizarla a las nuevas directrices y fines en materia de seguridad pública que establece la Constitución Federal y la Ley General del Sistema de Nacional de Seguridad recientemente reformados.
El dictamen avalado, menciona que estos cambios atienden los ejes prioritarios que estableció el Consejo Nacional de Seguridad Pública, relativos a: órganos de dirección, coordinación y ejecución; desarrollo institucional y profesionalización; sistema nacional de información; centros de comando y control; y régimen disciplinario.
Entre los cambios de la nueva disposición Legislativa, es que en el apartado prioritario denominado “De los Órganos de Dirección, Coordinación, Ejecución y la Distribución de Competencias del Sistema Estatal de Seguridad Pública”, se destaca la integración de las Mesas de Paz, que se crean como una instancia de decisión ejecutiva y de coordinación inmediata en materia de seguridad pública en las que estarán presentes representantes del poder ejecutivo, el Secretario General, el de Seguridad, el Fiscal General, la Policía de Investigación y representantes de las fuerzas armadas, la Guardia Nacional en la región y la zona naval, entro otros, además se contemplan la instalación de Mesas de paz regionales para los municipios
Por otra parte, en el capítulo “Desarrollo de las Instituciones de Seguridad Pública y sus integrantes”, se modificaron los artículos 63 y 67 y se adiciona el artículo 63 Bis, para establecer la obligación de emitir normativa específica en concordancia con la Ley General. Sobre el “Sistema Nacional de Información”, se mantiene la regulación vigente al encontrarse ya alineada con la normativa general aplicable.
En lo relativo a los “Centros de Comando y Control”, se prevén modificaciones y adiciones que atienden a la certificación y cumplimiento de procesos del Centro de Coordinación, Control, Comando, Comunicación, Cómputo e Inteligencia del Estado (C5i), conforme a la legislación general.
Y para el “Régimen Disciplinario”, se reformaron el artículo 58 y se adicionan diversos artículos a fin de homologar las sanciones, procesos y autoridades competentes en la materia, incorporando la clasificación de faltas, el procedimiento sancionador, las medidas precautorias y la regulación de las Unidades de Asuntos Internos de las Instituciones de Seguridad del Estado y los Órganos de Honor y Justicia.
Finalmente, se realizaron modificaciones orientadas a emplear un lenguaje jurídico incluyente y no sexista, acorde con los principios constitucionales de igualdad y no discriminación.
