¿Si renuncio me toca aguinaldo?
A pesar de ser fin de año, hay muchos trabajadores que por diversas cuestiones deciden abandonar su empleo incluso antes de que se entregue el aguinaldo.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla el pago de este derecho laboral a pesar de renunciar, por lo que sólo es necesario calcular cuánto corresponde de aguinaldo.
El aguinaldo es una retribución económica obligatoria que corresponde, como mínimo, a 15 días de salario, de acuerdo al artículo 87 de la LFT. Aunque algunas empresas otorgan más días como prestación adicional.
En el caso de quienes no trabajaron todo el año, como aquellos que renunciaron o fueron despedidos, el pago se calcula proporcionalmente al tiempo laborado.
Por ejemplo, si la relación del trabajador terminó en noviembre, recibirá una fracción del aguinaldo correspondiente a los días trabajados.
¿Cómo calcular tu aguinaldo proporcional?
Existe un método para determinar cuánto le corresponde a un trabajador como aguinaldo si no concluyó el año laboral:
Dividir el salario mensual entre 30 para conocer el salario diario.
Por ejemplo, si se gana 12,000 pesos al mes, el salario diario sería:
12,000 ÷ 30 = 400 pesos.
Multiplica el salario diario por 15 (días mínimos de aguinaldo).
400 × 15 = 6,000 pesos.
Dividir el resultado entre 365 días del año para calcular el valor diario del aguinaldo.
6,000 ÷ 365 = 16.438 pesos diarios.
Multiplicar el valor diario por los días trabajados en el año.
Si se trabajaron 90 días (tres meses): 16.438 × 90 = 1,479.42 pesos.
Si fueron 180 días (medio año): 16.438 × 180 = 2,958 pesos.
Este cálculo dará el monto aproximado que se debe recibir como aguinaldo proporcional.
Pago de aguinaldo
¿Cuándo deben pagar el aguinaldo si renuncio?
Si renunciaste o fuiste despedido, el pago del aguinaldo debe incluirse en tu finiquito o liquidación, junto con otras prestaciones como vacaciones, prima vacacional y, en caso de despido injustificado, indemnización. Este pago debe realizarse al momento de terminar la relación laboral.
En caso de que la empresa no cumpla, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) recomienda exigir tu derecho de manera formal. Si no recibes el pago, tienes hasta un año para reclamarlo ante las instancias correspondientes.
¿Qué hacer si no te pagan el aguinaldo?
Algunas empresas pueden retrasar el pago del aguinaldo, pero esto no es legal. Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el empleador está obligado a cumplir con esta prestación, y el incumplimiento puede resultar en multas. Si no te lo pagan, acude a la Profedet para recibir asesoría gratuita y garantizar tu derecho.
En caso de que el trabajador no reciba la cantidad correspondiente de aguinaldo, existen varias opciones para levantar una queja al respecto ante la Profedet:
Para aquellos empleados que se encuentren en la Ciudad de México, pueden acudir a las oficinas de la Profedet, ubicadas en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, en la Alcaldía Cuauhtémoc.
Levantar un reporte vía telefónica es posible en las líneas: 800 911 7877 y 800 717 2942; o también mediante WhatsApp al número 55 14 84 87 37.
Mediante correo electrónico, el trabajador tiene la opción de escribir a la siguiente dirección: orientacionprofedet@stps.gob.mx
Es de suma importancia conocer los derechos laborales para evitar abusos y asegurar que se recibe el pago justo e indicado de las prestaciones de ley.