Domingo 06 de October 2024 04:40:07 PM

Este 21 de marzo, es de descanso obligatorio

Este lunes 21 de marzo es día de descanso obligatorio, según lo establece el Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), informó el subsecretario del Trabajo, Javier Pinto Torres, pese a ello, quienes trabajen en esta fecha, deberán recibir el pago doble por ese día.

De acuerdo al Artículo 73 de la citada ley, aunque las y los trabajadores no están obligados a prestar el servicio en sus días de descanso, si previamente se negocia y dialoga entre las partes patronal y laboral, pueden trabajar, sabiendo que recibirán el pago doble por esta jornada.

Pinto Torres recordó que el estado de Colima tiene vocación turística por lo que existen giros donde se prestan servicios y es necesario que parte del personal labore, en estos casos la o el empleador está obligado a cubrir un salario doble independiente del salario que le corresponde por el descanso.

Explicó lo anterior al ejemplificar que, si la o el trabajador recibe como salario diario 100 pesos, al laborar en un día de descanso obligatorio, deberá recibir 200 pesos más, lo que suma 300 pesos.

El funcionario estatal insistió en que es fundamental que ambas partes (la patronal y la laboral) dialoguen previamente para que lleguen a acuerdos previos, a fin de evitar malentendidos y conflictos laborales.

A quienes no se les respete lo establecido por la ley, pueden comunicarse a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, donde se le brindará la asesoría que requieran. En la capital del estado, a los teléfonos: 312 312 7463 y 312 312 9821; en Tecomán, al 313 324 1904 y en Manzanillo, al 314 138 1745.

También pueden acudir a las oficinas ubicadas en Colima, en la calle Aniceto Castellanos 231, en la colonia San Pablo; en Manzanillo, en el Complejo Administrativo de Seguridad, Cuarto Módulo, en la avenida Elías Zamora Verduzco S/N y en Tecomán, en la calle Zaragoza 187 altos, colonia Centro, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.

(Esta información se ampara en las excepciones consideradas por la autoridad electoral mediante el Acuerdo INE/CG43/2022.)

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